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El Presidente Municipal Después de Tomar Posesión Remitirá al Congreso de Hidalgo, 90 Días Después de Tomar Posesión el Plan Municipal de Desarrollo

El Presidente Municipal Después de Tomar Posesión Remitirá al Congreso de Hidalgo, 90 Días Después de Tomar Posesión el Plan Municipal de Desarrollo

*Establece proyecto de decreto que reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación y Prospectiva del Estado de Hidalgo en materia de planes de desarrollo.

Pachuca, Hgo., 4 de diciembre 22024.- Asimismo, los diputados votaron a favor 24 votos a favor del decreto que aprueba con modificaciones la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación y Prospectiva del Estado de Hidalgo en materia de planes de desarrollo.

José Luis Rodríguez Higareda, legislador de Morena, en la lectura, detalló que, en relación a los gobiernos municipales, la Ley de Planeación y Prospectiva del Estado de Hidalgo determina que el titular del Poder Ejecutivo municipal elaborará y remitirá al Congreso de Hidalgo en un término no mayor a 90 días después de tomar posesión de su cargo, el documento que contiene el Plan Municipal de Desarrollo. En su posicionamiento a favor, el diputado Aldo Meza Hernández, de Morena, explicó que el Plan Nacional de Desarrollo de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, podría presentarse hasta máximo el 28 de febrero de 2025 en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y su aprobación podría darse hasta en un par de meses más, lo que genera incertidumbre en la integración de dichos planes en el orden municipal y estatal, “pues los mismos ya no están alineados al nacional. Por ello, la presente iniciativa tiene por objeto ampliar el término para que los municipios del estado puedan llevar a cabo la presentación de su Plan Municipal de Desarrollo ante el Congreso, a fin de que estos, en la integración de su plan, puedan considerar una alineación entre el Plan Estatal y el Plan Nacional de Desarrollo. Considerando que, al ampliarse el término de su presentación, los municipios puedan tomar en cuenta las tendencias de interés que se vayan observando en el orden nacional respecto a la conformación del Plan Nacional y puedan incorporarlas a su Plan Municipal para que exista congruencia entre éstos.

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