IMSS Modificó La Ley 73 Y Miles de Pensionados Ya Reciben 70% de Aumento Automático Gracias a la Suprema Corte
- By DiarioNoti7
- marzo 15, 2026
* La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también emitió tiempo atrás una resolución que le otorga el derecho a concubinas a solicitar pensión de viudez
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que las reglas originales de la Ley del Seguro Social de 1973 vulnera el derecho a la igualdad, ya que establece porcentajes diferentes en el cálculo de las pensiones según el parentesco del beneficiario.
El fallo, emitido en 2023, señala que la norma es discriminatoria porque otorga un 90% de la pensión al cónyuge o concubino sobreviviente, pero solo 20% a los ascendientes (padres del trabajador fallecido) en caso de que dependieran económicamente de él.
A partir de esta resolución, la Suprema Corte ordenó que los padres del asegurado fallecido tengan derecho a recibir el mismo porcentaje del 90%, equiparándolos con las pensiones por viudez. Es decir, un aumento automático del 70%.
IMSS Ley 73: a quiénes beneficia este fallo de la Suprema Corte
Con este fallo, la Suprema Corte obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reconocer el 90% de la pensión para los padres que dependían económicamente del trabajador fallecido, cuando no existan cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión.
Esto implica una modificación directa en la interpretación y aplicación de la Ley del Seguro Social de 1973, aún vigente para millones de trabajadores que cotizan bajo ese régimen.
La decisión de la Suprema Corte crea un precedente obligatorio, lo que significa que los jueces y tribunales deberán aplicar este criterio en casos similares.
IMSS: otro fallo de la Suprema Corte que cambió para siempre la Ley 73
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) también emitió tiempo atrás una resolución que le otorga el derecho a concubinas a solicitar pensión de viudez bajo Ley 73 del IMSS.. Se trata de una sentencia que mejoró la calidad de vida de los más necesitados y que blindó a las familias tras el fallecimiento de un ser querido.
Al entrar en detalles de la disputa legal entre las concubinas, junto al IMSS y la justicia, por ello, la Segunda Sala de la SCJN determinó varios puntos, por ejemplo, el artículo 130 establece dos supuestos para que la concubina tengan derecho a la pensión:
- Haber vivido con el finado como si fuera su esposo durante los cinco años previos a su muerte.
- Haber tenido hijos del asegurado, siempre que ambos estuvieran libres de matrimonio durante el concubinato.
- La segunda hipótesis no exige convivencia marital de cinco años ni que los hijos hayan nacido durante el concubinato.
El requisito de estar libres de matrimonio se cumple si, al momento del fallecimiento, ambos concubinos no tenían otro vínculo matrimonial. Por ejemplo, si el asegurado estaba divorciado.
Por lo tanto, la SCJN sentó la jurisprudencia que establece: “PENSIÓN DE VIUDEZ EN FAVOR DE LA CONCUBINA. PROCEDE SU OTORGAMIENTO CUANDO HAYA TENIDO HIJOS CON EL ASEGURADO, SI EN LA FECHA DE SU FALLECIMIENTO AMBOS ESTABAN LIBRES DE MATRIMONIO”.
Pensión IMSS: fecha de pago de abril 2026
De acuerdo con el calendario oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pago de la pensión correspondiente a abril 2026 e realizará el miércoles 1 de abril, primer día hábil del mes. Desde esa fecha, los pensionados podrán disponer de su dinero tanto a través de transferencia bancaria como directamente en ventanilla, según la modalidad de cobro elegida.
Las autoridades recomiendan que los beneficiarios planifiquen con anticipación su visita a las sucursales bancarias, ya que durante los primeros días de cada mes suele haber una alta demanda de personas que acuden a retirar su dinero.
En caso de no recibir el depósito en la fecha programada, los pensionados pueden comunicarse al teléfono 800 623 23 23 (opción 3), o acudir directamente a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para verificar el estatus del pago y realizar una solicitud por depósitos no cobrados.